Formación subvencionada
Sistema de Bonificaciones a la formación - FORCEM 2010

Proyecto Universidad Empresa actúa como entidad organizadora en la gestión e impartición de acciones de formación continua. Aquellas empresas interesadas en formar a sus trabajadores en alguno de los cursos de calendario ofertados por PUE, podrán subvencionar, total o parcialmente, el coste de la formación a través del nuevo Plan FORCEM.

Podrán ser beneficiarias de las bonificaciones del nuevo Plan FORCEM todas las empresas que tengan centro o centros de trabajo en el territorio del Estado español, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores y coticen por la contingencia de formación profesional.

A través del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, que regula el Subsistema de Formación Profesional Continua, se puso en marcha una nueva estrategia o modelo de gestión de la formación continua en nuestro país con el que se pretende facilitar a las empresas el desarrollo de programas de formación para sus trabajadores, mediante la utilización de un crédito para la formación.


¿Qué es el Crédito para la formación?

Las empresas que cotizan en concepto de formación profesional, disponen de un crédito anual para la bonificación de la formación, que pueden utilizar para realizar acciones formativas dirigidas a sus trabajadores.

El importe de este crédito se calcula a partir del tamaño de la empresa y de la cantidad que ingresó en la Seguridad Social en el ejercicio anterior en concepto de cuota de formación profesional.

A la cantidad que ingresó se le aplica un porcentaje de bonificación en función de la plantilla media del año anterior, según este baremo

NÚMERO TRABAJADORES SUBVENCIÓN
De 1 a 5 trabajadores Importe fijo: 420€
De 6 a 9 trabajadores 100%
De 10 a 49 trabajadores 75%
De 50 a 249 trabajadores 60%
A partir de 250 trabajadores 50%

¿Cómo puede su empresa beneficiarse del Sistema de Bonificaciones?

Las empresas interesadas en formar a sus trabajadores en los cursos de calendario abiertos al público ofertados por Proyecto Universidad Empresa, podrán hacerlo de manera total o parcialmente subvencionada gracias a las bonificaciones del nuevo plan FORCEM.

Podrán participar en las acciones de formación:

  • Los trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas privadas o entidades públicas empresariales y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
  • Los trabajadores que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
    • Trabajadores fijos discontinuos en los períodos de no ocupación.
    • Trabajadores que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo.
    • Trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus períodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.
Queda excluido el personal de las Administraciones Públicas.

PUE, en su actuación como entidad organizadora, cumplirá todos los requisitos que establece la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, para que las empresas puedan acogerse a la utilización del Sistema de bonificaciones para la realización de formación.

Las empresas, por su parte, también deberán cumplir con unas obligaciones concretas: cofinanciación privada y cumplimiento de colectivos prioritarios.

Obligaciones de la empresa

Cofinanciación privada
Las empresas están obligadas a participar en la financiación de los costes de la formación, en un porcentaje variable sobre estos costes, según el tamaño de la empresa:
  • Empresas de 1 a 9 trabajadores: 0%
  • Empresas de 10 a 49 trabajadores: 10%
  • Empresas de 50 a 249 trabajadores: 20%
  • Empresas de más de 250 trabajadores: 40%
La aportación es el resultado de la diferencia entre los costes de la formación y el importe bonificable.

Cumplimiento de colectivos prioritarios
Se exige el cumplimiento de colectivos prioritarios a las grandes empresas, con la finalidad de garantizar el acceso a la formación de todas las personas.

Son colectivos prioritarios:
  • Los trabajadores de Pymes.
  • Las mujeres.
  • Los mayores de 45 años.
  • Las personas con discapacidad
  • Los trabajadores de baja cualificación profesional.
Las grandes empresas deberán garantizar que el porcentaje de trabajadores formados correspondientes a colectivos prioritarios sea igual o mayor que el porcentaje que éstos representan en la plantilla de la empresa.

Cálculo de las bonificaciones

Las empresas podrán utilizar su crédito para realizar las acciones formativas que consideren necesarias para la mejora de las competencias de sus trabajadores, respetando los módulos económicos que establece la Fundación Tripartita:

MODALIDAD DE IMPARTICIÓN NIVEL DE FORMACIÓN
Básico Medio-Superior
Presencial 9 € 15 €
        Coste máximo bonificable/financiable = Módulo Económico x Núm. horas formación x Núm. Participantes.